
La Cámara Nacional Electoral puso a disposición en su sitio web el padrón definitivo para las elecciones legislativas 2021. Los ciudadanos ya pueden consultarlo en www.electoral.gob.ar y en www.padron.gob.ar para ver los lugares de votación asignados. Debido al protocolo especial contra el Covid-19 dispuesto especialmente para estos comicios se han incrementado significativamente los lugares de votación, por lo cual podría haber cambios de establecimientos respecto a años anteriores. Las nuevas disposiciones establecen distintas medidas sanitarias y organizativas para llevar a cabo las próximas elecciones nacionales en el contexto de pandemia. Entre ellas se destacan las destinadas a evitar aglomeración de personas y, con el fin de reducir el aforo, se procura no habilitar más de ocho (8) mesas de votación por establecimiento. También, se dispone la implementación de una franja horaria prioritaria para personas que integren grupo de riesgo. Por otra parte, se prevé la utilización de elementos de protección personal e higiene y la capacitación de autoridades de mesa preponderantemente por medios no presenciales. Además, se incorpora la figura del rol del “facilitador sanitario” que tendrá, entre sus funciones, hacer cumplir el protocolo y las medidas de prevención. Asimismo, en cada distrito, la justicia federal con competencia electoral determinará el procedimiento de emisión del voto para aquellos electores que exhiban síntomas evidentes compatibles con Covid-19 y que exijan ejercer su derecho al sufragio, preservando la salud de las demás personas. Hacé tu reclamo por cualquiera de estas vías: La Cámara Nacional Electoral (CNE) estableció cuatro vías para manifestar cualquier reclamo de datos en el padrón electoral si no aparecen todavía en las listas con la finalidad de diversificar las opciones de cambio por parte de los ciudadanos del país. Aquellas personas que no acudan a votar deberán justificar su ausencia a través de internet de una manera muy sencilla ya que podrán hacer la gestión en el apartado específico que ofrece el sitio de la Cámara Nacional Electoral (CNE). Ahí mismo se puede cargar el documento que avale la ausencia en las elecciones, junto a los datos personales del ciudadano. El artículo 3 de la norma también modifica "por única vez", "con carácter de excepción" y "solo para las elecciones nacionales 2021″, el plazo previsto para el registro de candidatos y pedido de oficialización de listas, que será "de hasta 45 días anteriores a la elección". Sí, se debe votar en las elecciones generales. Las personas con diagnóstico positivo de Covid-19 o que cursan el aislamiento por contacto estrecho “quedan legalmente eximidas de presentarse a votar”. “El artículo 12 del Código Nacional Electoral estipula que uno de los motivos para excusarse de la obligación de votar es estar cursando una enfermedad”, según publicó la Agencia Télam. Además de poder consultar en esta nota tu lugar de votación, también podés hacerlo: En estas elecciones casi 900 mil adolescentes de 16 y 17 años serán incorporados en el padrón electoral, por lo que estarán habilitados a votar tanto en las PASO del 12 de septiembre como en las generales del 14 de noviembre. Para ellos el voto no es obligatorio al igual que para los adultos hasta los 70 años. En caso de que se abstengan, los menores de edad no serán considerados infractores. Los requisitos para poder votar son: Poder votar con cualquiera de los siguientes documentos, siempre y cuando sea el último ejemplar: Debido a la pandemia de Covid-19, varios distritos tuvieron que modificar los lugares habituales de votación y la titular de la Dirección Nacional Electoral, Diana Quiodo, se refirió a la importancia de consultar dónde se vota. ”Es muy importante que la gente consulte cuál es el establecimiento que le toca a partir del 13 de agosto porque hay distritos que han decidido utilizar clubes o canchas con bastante espacio abierto”, manifestó en declaraciones radiales. A su vez, agregó: “Hay distritos que han decidido además de los espacios abiertos, optar por cuartos oscuros móviles, con biombos de donde colgarían portaboletas". No, ya que nuestra legislación no prevé el voto en tránsito. No obstante, el día de las elecciones -o en los días posteriores-, debes justificar tu inasistencia a las urnas presentándote en el Consulado Argentino más próximo, a fin de que se te extienda el certificado correspondiente. Si no pudiste presentarte ante una representación diplomática, cuando regreses a la Argentina podrás realizar el trámite de justificación de inasistencia a los comicios ante la Cámara Nacional Electoral o ante la Secretaría Electoral de tu distrito, teniendo para ello un plazo de hasta 60 días después de celebrada la elección. En todos los casos, deberás presentarte con tu documento cívico y con los elementos que comprueben que te hallabas fuera del país el día de los comicios. Para ello, será suficiente contar con la constancia de salida/ingreso sellada en el pasaporte o con los pasajes (en caso de haber viajado a algún país limítrofe).PASO: ¿Qué debo hacer si no estoy en el padrón?
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